Derecho Laboral
El Derecho Laboral es un derecho protector de la clase trabajadora, a su vez
busca el equilibrio de los factores de producción, capital y trabajo, al garantizar
que las fuentes de empleo y la productividad permitan un nivel de vida digno al
trabajador y su familia
Nació a consecuencia de las necesidades de regular las
relaciones entre el trabajador y el patrón, con la finalidad de ser equitativo los
derechos y obligaciones tanto uno para el otro y sostener el equilibrio social.
Posteriormente a la Primera Guerra Mundial, en 1919, se creó la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), en ésta se reconocen los
derechos laborales para el beneficio de la clase trabajadora al declarar que la
justicia social es la base para la paz universal.
Al terminar la Segunda Guerra Mundial, en 1945, se creó la
Organización de las Naciones Unidas (ONU), dependencia que reconoce la
necesidad de promover niveles de vida más elevados, trabajo permanente y
condiciones de progreso y desarrollo económico y social.
En el ámbito nacional, en México, también se reconoció la protección de
los trabajadores desde la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos de 1857, además se estableció la libertad de profesión, la retribución justa y se consideraba al trabajo como una mercancía, de acuerdo
con los contratos de servicios que se suscribían.
La transformación más importante en nuestro país fue la entrada en
vigor en el año 1917 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, mediante la cual se estableció el artículo 123, que señaló lo
siguiente:
a) Jornada de trabajo de ocho horas.
b) Protección al trabajo de mujeres y menores.
c) Protección de menores y mujeres.
d) Retribución justa al trabajo.
e) Se faculta al Congreso de la Unión el Legislar en materia Laboral.
Los tribunales y las leyes laborales están supeditados a principios que
determinan la protección de los derechos laborales de los trabajadores y
patrones.
Estos principios son seis, los cuales se encuentran consagrados como
garantías individuales y sociales en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, a saber:
a) El Trabajo como derecho y saber, es por lo que se llega a la conclusión que el trabajo es un derecho que
tiene todo individuo autorizado por la ley para desempeñar actividades lícitas a
cambio de una retribución llamada salario.
b) La libertad en el empleo es una garantía individual. No se nos puede privar el desempeñar cualquier trabajo
siempre y cuando no sea contrario a las leyes, por ejemplo, un contador, no se
le puede privar a que se dedique a desempeñar labores como comerciante,
sino mediante alguna resolución judicial cuando sus actividades dañen a un
tercero o constituya un delito.
c) Igualdad. A ningún trabajador se le debe discriminar por su sexo,
raza, género, edad, clase social, etc., toda vez de que todos los individuos son
iguales ante las Leyes de la República mexicana ni tan es así el de pagarle un
salario menos al de igual jerarquía.
d) Estabilidad. e protege a los trabajadores en su empleo,
con la finalidad de que tengan permanencia en su fuente laboral, con esto el
trabajador se encuentra seguro del tener un empleo y no será privado de éste,
siempre y cuando exista el puesto y tenga aptitudes de desempeñarlo.
e) Aplicación. Se desprenden diversas leyes que
son aplicativas a cada caso concreto, es por lo que si existen diversas normas
iguales o similares, deberán utilizarse las que mejor beneficien al trabajador.
f) Suplencia de la queja, los conflictos laborales que se encuentren bajo la
supervisión de un juez, y si el trabajador en este proceso comete algún error,
esta autoridad lo subsanará, por ejemplo, si el trabajador presento un escrito
con su apellido incorrecto, el juez tiene la libertad de corregir este error, cabe hacer mención que esta suplencia solo se aplicará cuando sea error cometido
por el trabajador.

Reyes Lidia. (2015). Derecho Laboral. 24 de octubre del 2018, de Red Tercer Milenio Sitio web: https://www.upg.mx/wp-content/uploads/2015/10/LIBRO-24-Derecho_laboral.pdf
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